Voy a heredar una propiedad, ¿y ahora qué?
Heredar una vivienda puede parecer un golpe de suerte… hasta que comienzan las dudas y el papeleo. Muchos vecinos de Elda, Petrer y alrededores se encuentran de repente con una casa que no esperaban tener, y con un mar de preguntas: ¿qué pasos legales debo seguir?, ¿cuánto tendré que pagar?, ¿puedo venderla enseguida?, ¿cómo evito pagar de más en impuestos? 🤔
Si estás en esa situación, respira. No estás solo.
Cada año ayudamos a decenas de herederos de la comarca a regularizar su situación, optimizar los impuestos y vender o mantener la propiedad sin complicaciones.
En esta guía práctica de Soria Casas te explicamos con claridad todo lo que debes saber para heredar, registrar y gestionar una vivienda en la Comunidad Valenciana, evitando errores costosos. Desde los trámites iniciales hasta las estrategias legales para reducir impuestos, te acompañamos paso a paso para que tomes decisiones informadas y seguras.
📑 Trámites legales
Te explicamos qué documentos necesitas y en qué orden presentarlos para inscribir la vivienda a tu nombre sin retrasos.
💶 Impuestos y ahorro
Aprende cómo se calcula el Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal, y qué bonificaciones existen para herederos directos.
🏠 Decidir qué hacer
Analizamos si te conviene vender, alquilar o conservar la vivienda, según tu situación y el mercado local de Elda y Petrer.
🎯 Objetivo: convertir la herencia en una oportunidad
Con la orientación adecuada, una herencia puede transformarse en un activo valioso que te aporte tranquilidad y rentabilidad. Nuestro equipo te acompaña en todo el proceso.
🏠 1. Qué ocurre legalmente cuando heredas una vivienda
Al fallecer un familiar se inicia la sucesión hereditaria. Antes de vender, alquilar o usar la vivienda, hay un camino claro: documentación, notaría, impuestos y registro. Te lo presentamos como una línea de tiempo para que visualices el orden y evites errores.
Solicítalo en el Registro Civil. Con él, pide el certificado de últimas voluntades, que confirma si hubo testamento y ante qué notaría.
⏱️ Plazo orientativo: disponible a partir de 5–10 días tras el fallecimiento.
Si hay testamento, el notario entrega copia autorizada. Si no, tramita la declaración de herederos abintestato (notaría), que determina quién hereda.
🧠 Tip: con varios herederos, nombrad un portavoz para agilizar firmas y citas.
El notario prepara la escritura de adjudicación con el inventario (vivienda, cuentas, etc.) y el reparto. Se fija el valor de adjudicación de la vivienda.
💡 Clave fiscal: ese valor influirá en tus impuestos si vendes más adelante.
- ISD (Generalitat Valenciana): se presenta y liquida según parentesco y valor.
- Plusvalía (Ayuntamiento): grava el incremento del valor del suelo.
⏱️ Plazo general: 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable otros 6).
Con los impuestos pagados, inscribe la vivienda a tu nombre en el Registro. A partir de ese momento eres el titular, con plenas facultades para vender, alquilar o vivir en ella.
🧠 Un error común es fijar mal el valor de adjudicación. Si piensas vender en 6–24 meses, consúltanos antes: puedes evitar pagar de más.
📩 Revisad mi herencia💰 2. Qué impuestos tendrás que pagar y cómo se calculan
En una herencia de vivienda, normalmente intervienen dos impuestos: el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) y la Plusvalía Municipal. El primero lo gestionas ante la Generalitat; el segundo, en el Ayuntamiento donde esté la vivienda (Elda, Petrer, etc.). Veamos qué son y cómo se estiman sin tecnicismos.
Grava la adquisición de la vivienda por herencia. En la Comunidad Valenciana existen reducciones y bonificaciones muy elevadas para herederos directos y, en su caso, por vivienda habitual del causante.
(menos reducciones/auton. aplicables)
- Depende del parentesco y del valor de adjudicación.
- Si la vivienda era habitual del fallecido, la cuota puede quedar muy reducida.
- Plazo general de presentación: 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable).
Impuesto municipal que grava el incremento del valor del suelo. Se puede calcular por estimación objetiva o por incremento real si te resulta más favorable.
- Se liquida en el Ayuntamiento de Elda o Petrer.
- Plazo orientativo: 6 meses desde el fallecimiento.
- Conviene comparar objetiva vs. real y aplicar la más favorable.
En la Comunidad Valenciana, la cantidad que pagarás por heredar una vivienda depende sobre todo de dos factores clave:
- Si la vivienda que heredas era la residencia habitual del fallecido.
- Y del parentesco que tengas con él (hijo, cónyuge, nieto, etc.).
Además, desde la reforma fiscal autonómica de 2023, los herederos directos (hijos, cónyuges o padres) disfrutan de una bonificación del 99 % sobre la cuota del Impuesto de Sucesiones. En la práctica, heredar una vivienda de hasta unos 100 000 € por persona suele salir prácticamente gratis en la Comunidad Valenciana.
La plusvalía municipal es aparte, y se paga al Ayuntamiento (Elda, Petrer, etc.), pero su importe es independiente de si la vivienda era habitual o no.
Vivienda adjudicada por 110.000 € en Elda.
⚠️ Estas cifras son estimativas. En Soria Casas verificamos valores, coeficientes y bonificaciones reales antes de presentar.
Si prevés vender en 6–24 meses, fija un valor realista para evitar plusvalías injustificadas.
Vivienda habitual y parentesco directo pueden reducir mucho la cuota.
Compara objetiva vs real y aplica la más ventajosa.
🧾 3. Calcula tus gastos de herencia (estimación)
Introduce los datos básicos para obtener una estimación orientativa de impuestos al heredar una vivienda. Después, solicita una revisión manual y ajustaremos los importes a tu caso (bonificaciones, coeficientes municipales, reducciones por parentesco, etc.).
Confirmaremos bonificaciones y coeficientes antes de presentar.
🧩 4. Cómo reducir impuestos de forma legal (Playbook Soria Casas)
No se trata de “pagar menos porque sí”, sino de aplicar bien la normativa y valorar correctamente la vivienda heredada para evitar tributar de más en la venta futura. Estas son las tácticas que siempre revisamos con nuestros clientes en Elda y Petrer.
Si vas a vender en el corto/medio plazo, fijar un valor de adjudicación realista (y no infravalorado) puede evitar que, al vender, Hacienda vea una ganancia artificial.
Si adjudicas en 107.000 € y vendes en 110.000 € ⇒ ganancia real pequeña.
Si adjudicas en 90.000 € y vendes en 110.000 € ⇒ declaras 20.000 € de ganancia (¡innecesario!).
Proyecta un rango razonable de precio de venta según zona y estado. Deja constancia del criterio de valoración usado. Evita “picos” que generen una plusvalía exagerada.
🧠 Consejo: documenta tasación/valoración y fotos de estado actual; te respalda ante comprobaciones.
Si se cumplen requisitos (parentesco, límites y mantenimiento por un tiempo), suele existir una bonificación muy alta en el ISD. Revisamos caso por caso y plazos para no perderla.
📌 Si piensas vender pronto, valora el impacto antes de renunciar a beneficios por “mantenimiento”.
La plusvalía municipal puede calcularse por objetiva (coeficientes) o por incremento real. Comparamos ambos con datos de catastro y escrituras y aplicamos el que menos te penalice.
Para evitar conflictos: acuerdo de venta conjunta con calendario y precio objetivo; o salida vía compensación a uno de los herederos. Gestionamos reservas, llaves y pagos para que todo sea seguro y ordenado.
🤝 Un protocolo claro evita bloqueos y costes innecesarios (almacenajes, derramas, seguros…).
El plazo general para ISD y plusvalía es de 6 meses desde el fallecimiento. Si no llegas, solicita prórroga a tiempo. Evitas recargos y trabajamos con números correctos (tasación, catastral, etc.).
⏱️ Con calendario claro no pagas de más por prisas ni por presentar incompleto.
🏠 5. ¿Vender, alquilar o mantener la vivienda heredada?
Una vez adjudicada la herencia, llega la gran decisión: ¿qué hacer con la vivienda? No existe una única respuesta: depende de tus necesidades, del estado del inmueble y del momento del mercado en Elda y Petrer. Compara las tres opciones más habituales:
💰 Vender
La opción más común si no vas a vivir en ella o necesitas liquidez inmediata.
- ✔️ Recuperas capital rápido (1 – 3 meses ≈)
- ✔️ Evitas gastos futuros (IBI, comunidad, mantenimiento)
- 📄 Hay que revisar plusvalía + IRPF (ganancia patrimonial)
- 💡 Ideal si hay varios herederos y se busca repartir el dinero
🔑 Alquilar
Transforma la vivienda en un ingreso recurrente, manteniendo su propiedad.
- ✔️ Rentabilidad estable (6 – 8 % anual según zona)
- 📆 Necesita gestión (inquilinos, reparaciones, seguros)
- ⚙️ Conviene reformar o amueblar antes de ofertar
- 💼 Fiscalmente declaras rendimientos del alquiler
🌿 Mantener
Si la vivienda tiene valor sentimental o potencial de revalorización, puedes conservarla.
- ✔️ Mantienes patrimonio y posibles plusvalías futuras
- 📆 Implica gastos fijos (IBI, comunidad, suministros)
- 🏗️ Conviene revisarla periódicamente y mantener seguro
- 💡 Opción intermedia: uso temporal o alquiler vacacional
💡 Nuestro consejo
Analiza la situación fiscal completa antes de decidir: plusvalía, IRPF, gastos anuales y bonificaciones disponibles. En muchos casos, vender bien asesorado o alquilar con gestión profesional supone la diferencia entre una herencia rentable y una carga económica.
Estudio gratuito: te decimos qué opción te aporta mayor rentabilidad real.
👨💼 6. Por qué contar con una inmobiliaria experta marca la diferencia
En Soria Casas no solo vendemos viviendas. Acompañamos a familias que atraviesan un proceso tan delicado como heredar una propiedad. Nuestro trabajo es transformar la complejidad legal y emocional en un camino claro, humano y rentable.
Valoramos la vivienda, revisamos escrituras, plusvalía e impuestos para que tengas una foto real de tu situación antes de decidir.
Colaboramos con notarios, abogados y asesores fiscales de confianza para tramitar herencias, adjudicaciones y escrituras con total seguridad.
Creamos un plan personalizado para vender o alquilar en el mejor momento y al mejor precio, con reportajes profesionales y marketing de alto nivel.
Sabemos que heredar no es solo un trámite. Cuidamos los tiempos, la comunicación entre herederos y la tranquilidad emocional de cada decisión.
“Tras el fallecimiento de mi madre, no sabíamos por dónde empezar. En Soria Casas nos explicaron cada paso, gestionaron los impuestos y vendieron la vivienda en menos de dos meses. Nos sentimos acompañados en todo momento.”
— Familia Llorens, Petrer
Cambiamos vidas, también en los momentos difíciles
Cada herencia es una historia. Nuestro compromiso es que la tuya termine bien: con seguridad, rentabilidad y la sensación de haber tomado las mejores decisiones.
📩 Quiero que me asesoréis en mi herenciaContacto inmediato por WhatsApp.
❓ FAQ exprés: dudas típicas al heredar una vivienda
Respuestas claras y prácticas para los casos que más vemos en Elda y Petrer. Si tu situación es distinta, pide una revisión gratuita y lo vemos contigo.
El plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento. Puedes pedir prórroga por otros 6 si la solicitas a tiempo. Recomendación: organiza documentación en las primeras 4–6 semanas (últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, inventario y valoración).
No. Primero hay que adjudicar la vivienda en la escritura de herencia, liquidar los impuestos y registrarla a tu nombre. Después ya podrás vender. Alternativa: si hay acuerdo, puede firmarse una reserva condicionada mientras termináis los trámites.
Debe ser realista y acorde a mercado/criterios objetivos. Afecta a tus impuestos futuros al vender (cálculo de ganancia). Un valor demasiado bajo puede encarecer mucho el IRPF; demasiado alto, puede impactar en ISD. Te ayudamos a fijar un valor óptimo y defendible con comparables y/o tasación.
En la Comunidad Valenciana los herederos directos (hijos, cónyuge, padres) cuentan con reducciones y bonificaciones muy relevantes, especialmente si la vivienda era la habitual del causante y se cumplen requisitos. En muchos casos la cuota queda muy reducida. Lo confirmamos en la revisión manual.
Se liquida en el Ayuntamiento (Elda/Petrer). Se puede calcular por objetiva (coeficientes) o por incremento real. Comparamos ambos y aplicamos el más favorable. Es clave revisar el valor catastral del suelo y los años computables.
Primero, intentad un acuerdo documentado (venta conjunta con calendario y precio objetivo, o compensación económica a quien cede su parte). Si no hay acuerdo, existen vías legales, pero son más lentas y costosas. Nuestro consejo: protocolo de actuación claro y firma de compromisos por escrito desde el inicio.
No es lo ideal. Hasta la adjudicación y registro, la titularidad no está clara. Mejor completar el proceso y, si se va a alquilar, hacerlo con contrato correcto, certificado energético, y verificación de suministros/IBI/comunidad. Si urge, te explicamos opciones con garantías.
Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento (o declaración de herederos), DNI de herederos, recibos recientes (IBI, comunidad), nota simple y recibo catastral. Si la vivienda tiene cargas o hipoteca, la certificación bancaria ayuda a acelerar la liquidación.
Se heredan activos y pasivos. Si hay hipoteca, suele subrogarse o cancelarse con la venta. Si hay deudas relevantes, valora aceptar a beneficio de inventario para limitar responsabilidad. Te orientamos en la alternativa más segura.
Cuando el pasivo supera claramente al activo, o el coste fiscal/gestión no compensa. Antes de decidir, hacemos un balance real (tasaciones, deudas, cargas) para que la decisión sea informada. Considera la opción de beneficio de inventario antes de renunciar.
Hasta la adjudicación, lo asume la comunidad hereditaria. Recomendamos no causar baja de suministros básicos; mejor cambio de titular tras la adjudicación. En ventas rápidas, podemos integrar estas gestiones en el plan de comercialización.